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20 DE DICIEMBRE 2019 SE PUBLICA DECRETO MODIFICATORIO DE LA TARIFA DE LA LIGIE, DE AQUEL QUE ESTABLECE EL IGI PARA REGIÓN Y FRANJA FRONTERIZA Y DEL DECRETO IMMEX

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El pasado viernes 20 de diciembre de 2019, la SE publicó en el DOF el Decreto por el que se modifica la TArifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte y el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, con la que medularmente se crean y modifican fracciones arancelarias que buscan identificar las del Capítulo 98 de la Tarifa, que es donde se clasifican las mercancías con un régimen especial de importación que permite identificar a cada uno de los sectores de los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC), sin embargo, no permite diferenciar las mercancías sensibles del Anexo II del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación o las unidades de medida que tradicionalmente les corresponderían en los capítulos 01 al 97 de la Tarifa.

Que resulta urgente y necesario reflejar en Decreto IMMEX las adecuaciones a la Tarifa respecto de las fracciones arancelarias que se crean con relación a la partida 98.02, con el propósito de proveer una mayor certidumbre en la aplicación del programa de fomento a
las exportaciones y mejorar el control en la importación temporal de estas mercancías.

Y finalmente, con el objeto de continuar fortaleciendo la competitividad de las actividades empresariales para concluir de forma progresiva y efectiva el proceso de convergencia al esquema arancelario del país, es necesario y urgente otorgar un plazo mayor al Decreto llamado “región y franja fronteriza”, por lo que se estima conveniente ampliar su vigencia.

De conformidad con el artículo Primero Transitorio, el Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2020 salvo las fracciones arancelarias correspondientes al Capítulo 98, mismas que entrarán en vigor a los 90 días naturales posteriores a su publicación.

Compartimos la publicación oficial para pronta referencia.

 

DIRECCIÓN JURÍDICA

 

dof 20-12-19.pdf